Como ya comentamos en artículos anteriores, la publicidad exterior es una herramienta perfecta para aquellas empresas que buscan aumentar su visibilidad. Y aunque la instalación de una valla publicitaria de exterior no es una tarea muy compleja, está sujeta a un conjunto de normativas que varían según cada municipio. En este artículo te presentamos una guía sobre las normativas más destacadas, para instalar vallas publicitarias de exterior, en algunas de las principales ciudades de España, como: Barcelona, Madrid, Bilbao y Sevilla.
Normativa general en España
Primero de todo vamos a repasar la normativa general de España, aquella que suele repetirse en la mayoría de municipios del país, respecto a las vallas publicitarias de exterior, tanto normativas como documentación a presentar.
A nivel nacional, su instalación debe cumplir con ciertas regulaciones para garantizar la seguridad y el respeto al entorno urbano. Algunos de los aspectos clave incluyen:
Es obligatorio obtener una licencia del ayuntamiento correspondiente antes de poder instalar cualquier valla publicitaria. Esta licencia asegura que la estructura cumple con las normativas urbanísticas y de seguridad que marca cada municipio.
Entre diferentes vallas publicitarias, tiene que existir una distancia mínima. Normalmente de 100 metros en vías urbanas y 200 m en carreteras interurbanas.
Hay restricción sobre la proximidad de las vallas publicitarias de exterior a vías interurbanas, como por ejemplo autovías y autopistas. Dichas restricciones están amparadas por, la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras. También existen ciertas restricciones por motivos paisajísticos y ambientales.
A partir de estas normativas globales, pasamos a descubrir que reglamentaciones específicas podemos encontrar en algunas de las principales ciudades de España.
Normativa en Barcelona
En Barcelona, la publicidad exterior está regulada por ordenanzas municipalesque buscan preservar la estética urbana y minimizar la contaminación visual. Aspectos destacados incluyen:
El trámite está sujeto al pago de una tasa municipal, cuyo importe varía según el tipo y características de la instalación publicitaria. Es imprescindible que dicho pago se realice para continuar con el proceso de obtención de la licencia.
Se prohíbe expresamente el uso de cualquier tipo de publicidad en parques, jardines y playas de Barcelona mediante letreros, vallas o medios acústicos o audiovisuales.
En el caso de disponer de iluminación, cuando los aparatos sean exteriores a la cartelera, se situarán en su coronación y formarán una solución uniforme y homogénea para el conjunto del emplazamiento, y podrán sobresalir del plano de la medianera un máximo de 0,50 m.
Entre los documentos a presentar para la aprobación de la valla publicitaria se incluyen, los planos del rótulo y su ubicación exacta en la fachada.
Normativa en Madrid
Madrid cuenta con la ordenanza reguladora de la publicidad exterior, que establece las condiciones para la instalación de elementos publicitarios. Estos son algunos de sus puntos clave:
Las superficies publicitarias en coronación de edificios deberán ser construidas con elementos sueltos -letras y logotipos- de forma que, tanto de día como de noche, se respete la estética de la finca sobre la que se sitúen, así como la del entorno y la perspectiva desde la vía pública.
Los soportes publicitarios rígidos en obras, tipo carteleras retroiluminadas o iluminadas y opacas, deberán instalarse en la alineación oficial o en el cerramiento de la obra, en caso de estar autorizado, sin volar sobre la vía pública. Con una altura máxima de (5,50 m.), debiendo mantener una distancia mínima de diez centímetros (10 cm.) entre soportes.
En las vías de circulación rápida, la distancia mínima desde el soporte publicitario a la vía, será de veinte metros (20 m.).
Normativa en Bilbao
Bilbao regula la publicidad exterior con el objetivo de mantener la estética urbana y garantizar la seguridad. Consideraciones importantes que extraemos de su ordenanza municipal:
Las carteleras de publicidad exterior deberán instalarse rígidamente ancladas, mediante soporte amparado por proyecto técnico redactado por profesional competente.
Las carteleras con movimiento podrán tener un fondo máximo de cincuenta (50) centímetros.
La solicitud de licencia de obras para instalar vallas o carteleras publicitarias deberá venir acompañada de un proyecto técnico, firmado por profesional competente, y que necesariamente contendrá: una memoria explicativa del elemento o elementos a instalar, un plano de planta y alzado, a escala 1: 100, una fotografía del punto exacto y su entorno.
La licencia para instalar vallas publicitarias vinculadas a obras, se podrá solicitar, tramitar y conceder junto con la correspondiente para la obra principal.
Normativa en Sevilla
Sevilla también cuenta con unaordenanza específicapara la publicidad exterior, enfocada en regular la instalación y uso de elementos publicitarios en espacios públicos. Aspectos a destacar:
Se prohíbe cualquier instalación en los siguientes emplazamientos: En los lugares que la instalación pueda impedir la visión general de la Catedral y de la Giralda, así como cuando se sitúen en zonas de influencias o perspectivas comunes a otros monumentos, edificios, calles o conjuntos de importancia patrimonial o ambiental.
La dimensión máxima de la cartelera no superará los treinta metros cuadrados (30 m²), incluidos los marcos. En calles de latitud superior a quince metros (15 m), no superará los cincuenta y cuatro metros cuadrados (54 m²). No obstante, en carteleras de obras la dimensión máxima de estas será de dos metros (2.00 m) de largo por un metro (1.00 m) de altura.
Vallas publicitarias en coronación de edificios: El rótulo se instalará en el plano de fachada del edificio, respetando la composición e imagen de los mismos y sobre los elementos de protección de la cubierta, con una separación máxima sobre estos de cincuenta centímetros (50 cm). En ningún caso sobresaldrán del plano de fachada. Solo se permitirá una instalación publicitaria por cada lateral del edificio.
Conclusión
Respetar la normativa no solo protege tu inversión, también refuerza tu imagen de marca. Una valla publicitaria de exterior bien ubicada, legal y en armonía con el entorno, transmite profesionalismo y respeto por el espacio público. Porque no se trata solo de ser vistos, sino de cómo queremos que nos vean.
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